Servicios al ciudadano
Objeto: regular el procedimiento para la obtención del certificado del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música para la deducción en el Impuesto de Sociedades.
Naturaleza del certificado: acreditar que la entidad solicitante, ha llevado a cabo “AL MENOS” una serie de actuaciones en vivo de artes escénicas o música, especificando el género de la producción, y las fechas de inicio y final de las representaciones, pero sin pretensión de ser un listado exhaustivo de actuaciones desarrolladas por la entidad solicitante.
Se emitirá un único certificado por año fiscal y por entidad solicitante.
Plazo de expedición: 3 meses desde la solicitud.
Normativa:
Información sobre cómo solicitarlo paso por paso:
Lugar de presentación: Sede Electrónica del Ministerio de Cultura – Procedimientos – Artes Escénicas y Música - Solicitud del certificado, emitido por el INAEM, a efectos de la deducción prevista en el artículo 36.3 de la Ley del Impuesto de Sociedades.
Para cualquier consulta o incidencia sobre la expedición del certificado el correo de contacto es:
Información de la Agencia Tributaria sobre la deducción por producción de determinados espectáculos en vivo (art. 36.3 Ley del Impuesto sobre Sociedades)
Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades